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miércoles, 5 de junio de 2013

RESUMEN DE LAS NIC EN CHILE 14 (NIC 39 - 40- 41)

NIC N° 39: Instrumentos financieros : Reconocimiento y medición
 
Establece los principios para el reconocimiento, valoración y publicación de información sobre los activos financieros.
Esta norma supone el reconocimiento de todos los activos y obligaciones financieras, así como sus derivados, en el balance.
En principio, se valoran a precio de costo. Además, se ofrecen amplias indicaciones respecto a adquisiciones, garantías o cambios en el control de dichos productos financieros.
1.     Los derivados son activos o pasivos por que suponen derecho u obligaciones que pueden ser liquidados con dinero por lo que estos deben ser reconocidos en los Estados Financieros.
2.    La NIC 39 estable como único criterio fundamental valorativo para los instrumentos financieros el Valor Razonable.
3.     Las ganancias o perdidas en derivados no deben ser reconocidos como activos o pasivos, sino que debe reconocerse como ingresos o gastos o, en su caso, forman parte de los fondos propios. Es decir que los beneficios o perdidas no pueden ser diferidos como activos o pasivos.
4. Se permitirá un tratamiento contable especial aplicable a situaciones de cobertura para aquellas transacciones que cumplan unos criterios razonables, solo deberá aplicarse cuando existe una relación entre instrumentos   derivados y un elemento patrimonial existente o una transacción futura probable.
 
NIC N° 40: Inversión inmobiliaria
 
NIC N° 41: Agricultura

5. Conclusión
Los cambios que manifiesta el mundo actual en razón de la internacionalización de la economía, unidos a los requerimientos de información de las empresas en un mercado altamente competitivo, en el cual, la eficiencia es factor fundamental del éxito, ponen de presente la importancia de las normas internacionales de contabilidad y la necesidad de su adecuación al interior de cada país.
Tales normas se consideran fundamentales para transar en un mercado abierto dentro de una base homogénea y con parámetros sólidos, que le brinden seguridad a quienes interactúan con los entes económicos, a efecto de que los usuarios de la información posean elementos de juicio estructurados desde un sistema de información contable nacional configurado a partir de las normas internacionales de contabilidad.
Es por ello que para participar en esta área, los trabajos deberán concentrarse en elaborar un planteamiento que permita recoger las normas internacionales y su utilización en el nivel nacional, reconociendo mediante un modelo estructural las diferencias que deben ser asimiladas en el orden nacional de cada país.
Los miembros del IASC consideran que la adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad, por los diferentes países, más la pertinente revelación respecto al cumplimiento de las mismas, tendrá un efecto importante a través de los años. Mejorará la calidad de los estados financieros y se obtendrá un grado cada vez mayor de comparabilidad. La credibilidad y, por consiguiente, la utilidad de los estados financieros se verá acrecentada en todo el mundo.
Luego de estudiar las normas de contabilidad chilenas e internacionales es posible concluir que generalmente estas normas se encuentra armonizadas entre si, es decir, al comparar estas normas haciendo un paralelo, no tienen mayores diferencias, quizás en algunos casos en los nic, se engloba un poco más los términos, ya que tiene una perspectiva de ver en lo macro.
Pero en casi todo, definen muy semejantemente ciertos conceptos que son lo más importante para el fin que persigue la contabilidad, que es dar una exacta y servible información a los usuarios, con la mayor claridad y entendimiento posible.
Citando a Denis Beresford, presidente de la FASB: "La internacionalización no debe ser una búsqueda del mínimo común denominador, sino una mejora de las normas contables en el mundo entero"

RESUMEN DE LAS NIC EN CHILE 13 (NIC 36 - 37 - 38)

NIC N° 36: Desvalorización de activos
El objetivo de la presente Norma es establecer los procedimientos que una empresa debe aplicar para asegurarse que el valor contable de sus activos no es mayor que su importe recuperable.

NIC N° 37: Provisiones, pasivos y activos contingentes
El objetivo de la presente Norma es asegurarse que se aplica un apropiado criterio de reconocimiento y bases de medición, tanto a las provisiones como a los pasivos contingentes y a los activos contingentes, y que en las notas a los estados financieros, se revela suficiente información que permita a los usuarios entender la naturaleza, monto y oportunidad de materialización de estas partidas.
 
NIC N° 38: Activos intangibles
Aplica a todos los recursos intangibles que no se reparten específicamente con otras Normas de Contabilidad Internacionales.
Prescribe el tratamiento contable y la revelación del Activo Intangible que no es específicamente tratado en otras Normas Internacionales de Contabilidad.
La NIC 38 no se aplica al Activo Financiero, a los derechos mineros, desembolsos en actividades de exploración, desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y similares recursos no renovables, así como tampoco en aquel Activo Intangible que surge en las compañías de seguros como consecuencia de contratos celebrados con sus tenedores de pólizas.
La NIC 38 se aplica, entre otros, a los desembolsos efectuados en actividades de publicidad, capacitación, inicio de operaciones, investigación y desarrollo.
Un Activo Intangible es un activo no monetario identificable, sin sustancia física y que se destina para ser usado en la producción o suministro de bienes o servicios, arrendamiento a terceros o para fines administrativos.
Un activo es un recurso:
a) Bajo control de la empresa, como resultado de hechos anteriores; y,
b) Del cual se espera que los beneficios económicos futuros fluirán a la empresa.
La NIC 38 requiere que la empresa conozca un Activo Intangible a su precio de costo, solamente cuando:
a) Sea probable que los beneficios económicos futuros fluirán a la empresa; y,
b) El costo del Activo sea medido confiablemente.

RESUMEN DE LAS NIC EN CHILE 12 (NIC 34 - 35)

NIC N° 34: Informes financieros intermedios
El objetivo de esta Norma es establecer, tanto el contenido mínimo de un informe financiero intermedio, como los principios para el reconocimiento y valuación a aplicar en estados financieros, completos o resumidos, correspondientes a un período intermedio. La información financiera intermedia oportuna y contable constituye una ayuda para que los inversionistas, acreedores y otros interesados puedan comprender mejor la capacidad de la empresa para generar ganancias y flujos de efectivo, así como la situación financiera y la liquidez de la misma.
Informe financiero intermedio: se refiere a un conjunto de estados financieros completos o resumidos que corresponden a un periodo determinado.
Periodo intermedio: periodo de presentación de información financiera más corto que un año económico completo.
Un informe financiero intermedio incluye los siguientes componentes: balance general, estado de ganancia y pérdida, estado de cambio en el patrimonio neto, estado de flujo de efectivo y notas explicativas y políticas contables.
Si la empresa incluye un conjunto de estados financieros resumidos en su informe, dichos estados tendrían que incluir como mínimo los rubros y subtotales incluidos en sus últimos estados financieros anuales.
El estado de ganancia y pérdida completo o resumido de un periodo intermedio debe mostrar las ganancias por acción básicas y diluidas.
Debe incluir como mínimo: políticas contables y métodos de cálculo; comentarios explicativos estacional o cíclica de las operaciones intermedia; naturaleza y monto de las partidas que afectan a los activos, pasivos, patrimonio, ingreso neto o flujo de efectivo que sean excepcionales por su naturaleza, tamaño o incidencia, estimaciones; emisiones, recompras, reembolsos de título de deudas y valores patrimoniales; dividendos pagados en total o por acción; cambios en los activos y pasivos contingentes desde la fecha del último balance anual.
Informe intermedio se compara con la información anual del periodo.
 
NIC N° 35: Operaciones discontinuas
El objetivo de la presente Norma es establecer los principios de presentación de la información sobre las operaciones discontinuas, de modo tal que los usuarios de los estados financieros puedan mejorar sus proyecciones sobre los flujos de efectivo, la capacidad de generar ganancias y la situación financiera de la empresa, mediante la separación de la información sobre las operaciones continuas y sobre las operaciones discontinuas.

RESUMEN DE LAS NIC EN CHILE 11 (NIC 32 - 33)

NIC N° 32: Títulos financieros: Revelaciones y presentación
 
NIC N° 33: Utilidad por acción
 
El objetivo de esta Norma es establecer para determinar y presentar las utilidades por acción, lo cual permitirá mejorar la comparación del rendimiento entre diferentes empresas en un mismo período y entre diferente períodos contables para una misma empresa. El punto central de esta norma es el denominador que se ha de utilizar para calcular las utilidades por acción. Aún cuando las diferentes políticas contables usadas para determinar las utilidades o pérdidas producen limitaciones en los datos que sirven para determinar las utilidades por acción, un denominador consistentemente establecido permitirá optimizar la presentación de la información financiera.
Esta norma deberá ser aplicada por aquellas empresas cuya acciones comunes o acciones comunes potenciales se negocian en la bolsa.
Acción común: es un instrumento patrimonial que esta subordinado a todas las otras clases de instrumento patrimoniales.
Acción común potencial: es un instrumento financiero u otro contrato que da derecho a su tenedor a obtener acciones comunes.
Cuando se presenten tanto los estados financieros de la entidad principal como los estados financieros consolidados, la información a que se refiere necesita ser presentada únicamente en base de la información consolidada.
Las acciones comunes participan en la utilidad neta del periodo solo después de otro tipo de acciones, como las acciones preferenciales. Una empresa puede tener mas de una clase de acciones comunes. Las acciones comunes de la misma clase tendrán los mismos derechos respecto a la percepción de dividendos.
Los planes laborales que permiten a los trabajadores recibir acciones comunes como parte de su remuneración.


miércoles, 15 de mayo de 2013

Vision critica general

Señores contadores, auditores, estudiantes del área contable en chile, hace ya un tiempo publique mi opinion respecto al honorable Colegio de Contadores de Chile A.G., en honor a la verdad, mi experiencia personal no ha sido de lo mas satisfactoria, no lo puede ser, si cada vez que uno desea realizar alguna gestion en la gran herramienta que nos entrega internet, como lo es su pagina web, es realmente frustante por decirlo menos, el poder leer alguna informacion, de todo caracter, no se informa de materias asociadas a la contabilidad, a la auditoria, a seminarios inclusive que se pudieran gestar, en cada region, no existe en si, una preocupacion por publicar e informacion mas alla de sus propios colegiados, y no tengo claro si los mismos colegiados estan tan capacitados o informados respecto al trabajo que debe tener el Colegio de Contadores en si.
En lo relativo a las redes sociales, el mismo facebook, no entrega mayor informacion, al contrario de ello he visto con asombro muy positivamente, que paises a los cuales muchas veces subestimamos, paises como guatemala, bolivia, peru,realizan seminarios practicamente masivos a sus colegiados, en lo referido al tema de las ifrs, y contadores, auditores.
Pues bien, este blog trata de ser un apoyo a quienes visitan, debido a que si bien es cierto, puede que se realicen seminarios, diplomados y capacitaciones, estas se realizan en su mayoria en la capital, santiago, y las regiones siguen mirando de reojo que se acuerden de ellas.
Paginas web como http://www.contadores-aic.org/, http://chile.contadorauditor.com, son un gran aporte a la tarea contable en chile, utilidad que tristemente no he encontrado en la pagina del colegio de contadores.
Espero sigan visitando esta pagina y  realizando comentarios y me comprometo incluir material asociado a la contabilidad y auditoria   para que cada uno de nosotros nos vayamos actualizando asi como se van produciendo los cambios

Muchas gracias

miércoles, 8 de mayo de 2013

Creacion de empresa en un dia, en Chile

Amigos les dejo informacion que saque de la pagina contadorauditor.com con fuente del diario la nacion, diario oficial del estado de Chile.

Estos son los 9 pasos para crear una empresa en 1 día ATENCION!!

 
El Proyecto Ley sobre Constitución de Sociedades, aprobado la semana pasada en el Congreso Nacional, implica un considerable ahorro de trámites para quienes deseen iniciar un negocio, el que comenzará con el acceso a un portal web permitirá constituir una sociedad, iniciar actividades y obtener un RUT en un trámite, 1 día y gratis.
De acuerdo a las proyecciones del Ministerio de Economía, la nueva normativa posibilitará que un potencial de 370.000 emprendedores informales puedan inscribirse en este nuevo sistema, permitiéndoles tener acceso a los programas de fomento del Estado y al sector financiero.
Actualmente, existen 670.000 empresas constituidas como persona natural, que podrán constituirse como sociedad de responsabilidad limitada o sociedad por acción rápidamente.

NUEVO PORTAL WEB

El sitio web estará conectado con el Servicio de Impuestos Internos (SII) para obtener un RUT, iniciar actividades, solicitar factura electrónica y así constituir una empresa. A través del sistema electrónico se pondrá realizar los siguientes trámites:
El usuario deberá contar con una firma electrónica avanzada para constituir o modificar una empresa y en caso de que no posea este mecanismo podrá realizar el trámite a través de la notaría, la cual deberá contar con firma electrónica avanzada.

PASOS

Una vez que la Ley sea publicada en el Diario Oficial, los interesados en abrir una actividad deben cumplir los siguientes pasos:
1) Ingresar al portal que estará en la página web del Ministerio de Economía.
2) En el sitio web, se ingresa para comenzar la sociedad.
3) Van a estar todos los formularios para las sociedades que se quieran constituir.
4) No es necesario el gasto de los abogados.
5) La persona, en pasos detallados, puede llenar la información de acuerdo a la sociedad que desea constituir. Un cuestionario sobre las características de la sociedad, como la identidad de los socios, el nombre que tendrá la empresa, entre otras cosas.
6) Se evita la notaría porque con la firma electrónica se identifica a las personas que componen la sociedad. El Ministerio de Economía actúa de ministro de fe.
7) Un software convierte toda la información de la sociedad en un documento final.
8) Inmediatamente la información de la sociedad es enviada al Servicio de impuestos Internos que permite iniciar actividades y asigna un RUT.
9) Finalmente, con el uso de la factura electrónica del SII, ya puede comenzar a vender.

fuente:la nacion

viernes, 25 de enero de 2013

ejemplo formulario declaracion jurada 1839





http://www.sii.cl/documentos/resoluciones/2012/reso114.pdf

en esta pagina aparecen lo siguiente :

Anexos:
Anexo N° 1: Formato Formulario Declaración Jurada 1820.
Anexo N° 2: Instructivo de llenado Declaración Jurada 1820.
Anexo N° 3: Formato Formulario Declaración Jurada 1829.
Anexo N° 4: Instructivo de llenado Declaración Jurada 1829.
Anexo N° 5: Formato Formulario Declaración Jurada 1839.
Anexo N° 6: Instructivo de llenado Declaración Jurada 1839.
Anexo N° 7: Formato Registro para contribuyentes que presenten las Declaraciones Juradas 1820
y 1829.
Anexo N° 8: Formato Registro para contribuyentes que presenten la Declaración Jurada 1839.

Debes pinchar en el formulario correspondiente para poder ingresar al formulario

espero sea de utilidad
saludos cordiales
 
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