Ads 468x60px

miércoles, 31 de octubre de 2012

RESUMEN DE LAS NIC EN CHILE 4 (NIC 16)



8. NIC 16 – ACTIVO FIJO

a. Esta norma internacional establece que los activos fijos se registran al momento
inicial al costo de adquisición y, como medición posterior, permite como método alternativo registrar los activos fijos a valor justo (reevaluación) cuyo efecto se registra en patrimonio neto de su efecto de impuesto diferido.

Las actuales normas chilenas establecen que los activos fijos se registran a su costo de adquisición y no permiten efectuar ajustes por concepto de reevaluación, excepto en el caso de las empresas forestales, en las cuales se contempla  que las plantaciones forestales sean registradas a su valor de tasación, cuyo efecto es registrado en patrimonio neto de impuesto diferido y se traspasa a resultados en la medida que se explotan los bosques.

b. Esta norma establece que se debe registrar como parte del costo inicial del activo fijo, los desembolsos estimados a incurrir a futuro asociados al desmantelamiento del bien al término de su uso, así como aquellos desembolsos necesarios para restaurar las condiciones medioambientales originales del sitio donde operó el bien.

Las actuales normas chilenas no se pronuncian sobre la materia y, por lo tanto, las empresas en su mayoría no registran pasivos por estas obligaciones futuras.
En el caso de la industria minera, entre otros, una práctica habitual ha sido la constitución de algunas provisiones a largo plazo, registradas paulatinamente durante el periodo de operación de la planta/ mina
            
c. Esta norma establece que los bienes del activo fijo,  para efectos de determinación de vida útil y correspondiente depreciación,  deben  ser controlados por cada componente significativo del bien (componetización del activo fijo) Por lo tanto, un bien específico tendrá una vida útil y depreciación distinta para cada uno de los componentes significativos del mismo. Como efecto de lo anterior, desaparece la posibilidad de constituir provisiones por mantención / reparación mayor.

Las actuales normas chilenas establecen que los bienes del activo fijo deben ser controlados para efectos de determinación de vida útil y correspondiente depreciación para el bien como un todo, sin hacer mandataria su separación de sus componentes. Además, es practica habitual constituir provisión para cubrir los costos de mantenciones y reparaciones futuras.

Otras consideraciones:

El concepto mencionado en la letra c) antes indicada, implicará que las empresas deberán modificar sus sistemas de información para controlar los distintos bienes del activo fijo por cada componente significativo de los mismos. 

0 comentarios:

Publicar un comentario

 
Blogger Templates