NIC N° 32: Títulos financieros: Revelaciones y presentación
NIC N° 33: Utilidad por acción
El objetivo de esta Norma es establecer para determinar y presentar las utilidades por acción, lo cual permitirá mejorar la comparación del rendimiento entre diferentes empresas en un mismo período y entre diferente períodos contables para una misma empresa. El punto central de esta norma es el denominador que se ha de utilizar para calcular las utilidades por acción. Aún cuando las diferentes políticas contables usadas para determinar las utilidades o pérdidas producen limitaciones en los datos que sirven para determinar las utilidades por acción, un denominador consistentemente establecido permitirá optimizar la presentación de la información financiera.
Esta norma deberá ser aplicada por aquellas empresas cuya acciones comunes o acciones comunes potenciales se negocian en la bolsa.
Acción común: es un instrumento patrimonial que esta subordinado a todas las otras clases de instrumento patrimoniales.
Acción común potencial: es un instrumento financiero u otro contrato que da derecho a su tenedor a obtener acciones comunes.
Cuando se presenten tanto los estados financieros de la entidad principal como los estados financieros consolidados, la información a que se refiere necesita ser presentada únicamente en base de la información consolidada.
Las acciones comunes participan en la utilidad neta del periodo solo después de otro tipo de acciones, como las acciones preferenciales. Una empresa puede tener mas de una clase de acciones comunes. Las acciones comunes de la misma clase tendrán los mismos derechos respecto a la percepción de dividendos.
Los planes laborales que permiten a los trabajadores recibir acciones comunes como parte de su remuneración.
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